Cambios a las Guías de la OCDE sobre precios de transferencia

La OCDE informó que el 23 de mayo de 2016, aprobó las modificaciones a las Guías sobre Precios de Transferencia a Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales que aparecen en el informe de 2015 sobre las acciones BEPS 8, 9 10 y 13 . Esencialmente los cambios introducidos en las Guías son los siguientes:
 
– Se sustituye por completo la Sección D del Capítulo I, por otra que enfatiza la importancia de delinear con precisión la operación real entre las empresas asociadas, y de que exista un sustento en el comportamiento real de las partes.
– Se añaden párrafos al Capítulo II después del párrafo 2.16 y del párrafo 2.9. Este cambio se refiere a la aplicación del método del precio no controlado y la determinación de la fecha de fijación de precios de las transacciones de materias primas.
– Se sustituye por completo el Capítulo V por otro, dónde se proporciona orientación a las administraciones fiscales respecto de la normatividad relativa a la documentación a obtener de los contribuyentes en procedimientos de revisión en materia de precios de transferencia.
– Se sustituye el Capítulo VI por otro, relativo a la determinación de las condiciones normales de mercado para las operaciones que involucran el uso o cesión de intangibles, considerando que la utilidad obtenida por tales intangibles debe ser proporcional a los riesgos y funciones asumidos, con respecto a los mismos.
– Se sustituye el Capítulo VII, para simplificar el enfoque para asignar adecuadamente los cargos por los servicios intragrupales de bajo valor añadido.
– Se sustituye el Capítulo VIII, para asegurar que los acuerdos de contribución de costo no se puedan utilizar para eludir la aplicación del principio de plena competencia en relación con operaciones que impliquen la asunción de riesgos, o en los intangibles.
 
Otras modificaciones están siendo elaboradas para 2016, pero hasta que sean aprobadas, se establece que las disposiciones de las Guías sobre Precios de Transferencia deben ser interpretadas conforme a las modificaciones aprobadas el 23 de mayo.
Los abogados del área fiscal de la Firma estamos a sus órdenes para abundar sobre este tema y, en su caso, definir las posibles implicaciones de estos cambios a cuestiones concretas.
 
ATENTAMENTE
 
 

Lic. Gerardo Nieto nieto@basham.com.mx
Lic. Gil Zenteno zenteno@basham.com.mx
Lic. Alejandro Barrera barrera@basham.com.mx
Lic. Víctor Barajas mbarajas@basham.com.mx
Lic. Sergio Barajas barajas@basham.com.mx
Lic. Mario Barrera mbarrera@basham.com.mx

 
Ciudad de México a 20 de Junio de 2016