POSIBILIDAD DE COMPENSAR SALDOS A FAVOR GENERADOS HASTA 2018.

Posibilidad de compensar saldos a favor generados hasta 2018.

El 7 de enero pasado, por la tarde, se publicó en la página del Servicio de Administración Tributaria la Versión Anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio fiscal de 2018, la cual permite la Compensación Universal de impuestos generados hasta 2018, durante el ejercicio fiscal de 2019 y ulteriores.

El medio de defensa continúa siendo procedente, aunque con un diferimiento en su presentación.

La regla 2.3.19 de la Versión Anticipada denominada “Compensación de cantidades a favor generadas hasta el 31 de diciembre de 2018”, establece que los contribuyentes que tengan cantidades a su favor generadas al 31 de diciembre de 2018, y sean declaradas de conformidad con las disposiciones fiscales, que no se hubieran compensado o solicitado su devolución, podrán optar por compensarlas contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio, siempre que deriven de impuestos federales distintos de los que causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios, para lo cual se deberá presentar el aviso correspondiente.

La Versión Anticipada de la regla antes mencionada no permite la compensación universal respecto de saldos a favor generados a partir de enero de 2019, por lo que estimamos que la afectación jurídica prevalece, pero, como lo mencionamos, el momento para presentar la defensa correspondiente se difiere.

Los abogados del área fiscal de la Firma estamos a sus órdenes para comentar el contenido de la presente.

ATENTAMENTE

Lic. Gerardo Nieto nieto@basham.com.mx
Lic. Gil Zenteno zenteno@basham.com.mx
Lic. Alejandro Barrera barrera@basham.com.mx
Lic. Sergio Barajas barajas@basham.com.mx
Lic. Víctor Barajas mbarajas@basham.com.mx

Ciudad de México, 08 de enero, 2019