Reformas a la Ley General de Salud en materia de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas.

El 8 de noviembre de 2019, la Secretaria de Salud (en adelante “la Secretaría”) publicó el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de sobrepeso, obesidad, y de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”).

En términos generales, de acuerdo con esta reforma:

 

  • Las autoridades sanitarias deberán establecer acciones que promuevan una alimentación nutritiva y la realización de actividad física entre los estudiantes, por lo que se promoverán acciones para reducir la malnutrición y se promoverá el consumo de alimentos adecuados que atiendan las necesidades nutricionales de la población a fin de evitar aquellos que representen un riesgo potencial para la salud;

 

  • Se deberán establecer las necesidades nutrimentales que satisfagan los cuadros básicos de alimentos, indicándose los nutrimentos y las cantidades.

 

  • La información de las etiquetas y contraetiquetas deberá corresponder a las especificaciones establecidas por la Secretaría en disposiciones secundarias, incluyendo una especificación frontal aplicable a bebidas no alcohólicas, alimentos, azúcares añadidos y grasas, ajustándose a un sistema de información simplificada determinado por la Secretaría; y

 

  • La Secretaría determinará los nutrimentos críticos que puedan ser un factor de riesgo de enfermedades crónicas.

 

Mediante una regulación más estricta en el consumo de azucares, grasas saturadas, grasas trans, sodio, harinas industrializadas de trigo y de maíz, la Secretaría aspira a que la población tenga acceso a alimentos adecuados para sus necesidades nutricionales, evitando con ello riegos potenciales para la salud.

Estas reformas entraron en vigor a partir del 9 de noviembre de 2019. Se esperan también cambios a la Norma Oficial Mexicana 051 (“NOM 051”) que establece los requisitos y especificaciones generales de etiquetado obligatorios para alimentos y bebidas no alcohólicas.

Los abogados del área de derecho administrativo y de derecho de la salud de Basham, Ringe y Correa estamos a sus órdenes para atender cualquier duda con respecto al contenido de la presente nota informativa.

 

 

Atentamente,

Daniel Del Río

delrio@basham.com.mx

Rodolfo Barreda

rbarreda@basham.com.mx

Julio Copo

jcopo@basham.com.mx

 

Ciudad de México, a 21 de noviembre de 2019.