Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Ciudad de México, 8 de octubre de 2020.

 

El 7 de septiembre de 2020, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (“CONSAR”) publicó a través del Diario Oficial de la Federación (“DOF”), modificaciones y adiciones a las Disposiciones de carácter general en materia financiera de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (“Circular Única Financiera” o “CUF”).

Conforme a lo anterior, las modificaciones y adiciones a la CUF tienen como objetivo regular de manera más precisa aquellos criterios al cual deben de atenerse ciertos valores en los que invierten las Administradoras de Fondos para el Retiro (“Afores”), incluyendo Certificados de Capital de Desarrollo (“CKDs”), Certificados de Proyectos de Inversión (“CERPIs”), Fideicomisos de Infraestructura y Bienes Raíces (“FIBRAs”), entre otros.

En este sentido, a continuación, se enlistan algunas de las modificaciones y/o adiciones más relevantes:

Administradores de CERPIs y CKDs

El Comité de Riesgos y Comité de Inversiones de las Afores deberán establecer criterios de gobernanza de CERPIs y CKDs. En este sentido, los criterios mínimos son, entre otros:

Mejores prácticas corporativas del administrador

  • Contar con un código de ética sobre la conducta de su personal y el tipo de inversión a realizar;
  • Llevar a cabo una declaración de los potenciales conflictos de interés;
  • Contar con políticas para contratar, así como un registro actualizado con relación a los proveedores que presten sus servicios en los proyectos financiados o sociedades promovidas por el instrumento estructurado;
  • Contar con un manual de procesos de inversión, así como con un manual de procesos de riesgos; y
  • Contar con un plan de continuidad de negocio y un pan de recuperación de desastres.

Revelación de información

  • Administrador deberá realizar reportes trimestrales que cumplan con los estándares de revelación internacionales de la “Institutional Limited Partners Association” o “ILPA” por sus siglas en inglés, y entregar los mismos a los miembros del comité técnico.

Características del Administrador

  • Mínimo de 10 (diez) años de experiencia en un puesto de toma de decisiones en la industria o sectores en los cuales pretenda invertir el instrumento estructurado; y
  • No haber sido inhabilitado del sistema financiero, del servicio público y no haber sido encontrado culpable de evasión fiscal o fraude.

Emisiones mayores a $2,000 millones de pesos

  • Administrador deberá contar con un oficial de cumplimiento independiente, designado por los tenedores del instrumento estructurado; y
  • Acreditar la salida o cierre de al menos un fondo de capital privado o instrumentos estructurados con activos subyacentes en la industria o sectores en los cuales pretenda invertir el instrumento estructurado.

Conflictos de interés en ofertas públicas iniciales (“OPIs”)

  • Las Afores tendrán prohibido participar en la OPI de CERPIs, CKDs, Fideicomiso de Inversión en Infraestructura y Energía (FIBRAS-E) y Compañías de Adquisiciones de Propósito Especial (Special Purpose Acquisition Company) (“SPACs”), cuando alguna casa de bolsa que actúe como colocador tenga nexo patrimonial o sea parte del mismo grupo empresarial que la Afore; y
  • Las Afores podrán participar en OPIs de FIBRAs, instrumentos de deuda y renta variable cuando exista un sindicato en el participen por lo menos dos o más casas de bolsa sin nexo patrimonial con la Afore, y exista la autorización del órgano de gobierno de la Afore, con el voto favorable de la mayoría de los consejeros independientes, para invertir en valores a través de este tipo de colocaciones.

Costos totales máximos de CERPIs y CKDs

Límites a los costos máximos de CERPIs y CKDs

Clasificación del instrumento estructurado

Umbral máximo para las comisiones totales de los instrumentos estructurados (puntos base o pb)

Maduros

150

Etapa inicial

200
  • 150 pb – Emisiones con activos maduros (6 o más años de antigüedad)
  • 200 pb – Emisiones con activos en etapa inicial (menos de 6 años de antigüedad)

SPACs

Riesgos de inversión que deberán considerar las Afores

  • Combinación de negocios debe llevarse a cabo en México;
  • Periodo de Lock-up de 1 (un) año posterior a la combinación de negocios;
  • Máximo de 18 (dieciocho) meses para anunciar la combinación inicial de negocios y 24 (veinticuatro) meses para que ésta se lleve a cabo;
  • Coinversión del administrador debe ser al menos el 5% (cinco por ciento) respecto de los recursos recaudados; y
  • Patrimonio del fideicomiso se debe invertir en valores gubernamentales.

Emisores extranjeros y fondos mutuos

Emisores extranjeros

  • Afores únicamente podrán invertir directamente en acciones individuales de emisores extranjeros que sean emitidas y supervisadas bajo la regulación de los Estados Unidos de América, Unión Europea, Inglaterra, Suiza, Canadá y Australia; y
  • Aquellos funcionarios encargados de los análisis o la toma de decisiones respecto a la selección de acciones individuales de emisores extranjeros deberán de contar con al menos 10 (diez) años de experiencia profesional en materia de inversión en renta variable en mercados internacionales, o bien, 5 (cinco) años de experiencia y tener ciertas certificaciones CFA Nivel 1 y 2 o CFA con vigencia permanente.

Fondos mutuos

  • Se incrementa el límite de inversión para el conjunto de Fondos de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro (Fiefores) operadas por una misma Afore para invertir en fondos mutuos del 10% (diez por ciento) al 35% (treinta y cinco por ciento).

 

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