Resoluciones favorables emitidas por el Servicio de Administración Tributaria

Resoluciones favorables emitidas por el Servicio de Administración Tributaria

El pasado mes de junio de 2018, se publicaron en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria, el extracto de las principales resoluciones favorables emitidas a los contribuyentes (respecto de los meses de febrero, marzo, abril y mayo), que derivan de consultas reales y concretas que buscan esclarecer las obligaciones del contribuyente o facultades de la autoridad.  Estimamos que estos criterios puedan ser de su interés en caso de encontrarse en alguno de los supuestos que se mencionan a continuación:

 EXTRACTO DE LAS PRINCIPALES RESOLUCIONES FAVORABLES A LOS CONTRIBUYENTES

Febrero

    1. 30/IVA/2018-RF-Tasa aplicable. La enajenación de fertilizantes, siempre que estén destinados en la agricultura o la ganadería no debe estar sujeta al pago del IVA.

    2.  26/IVA/2018.RF-Tasa aplicable, 28/IVA/2018.RF-Tasa aplicable, 22/IVA/2018-RF-Tasa aplicable. Los vegetales no industrializados, entre ellos las fibras de coco, incluso compactadas en forma de bloque, no están sujetos al pago del IVA.

    3. 24/IVA/2018-RF-Tasa aplicable.  Productos químicos utilizados como fertilizante agrícola, no se encuentran sujetos al pago del IVA por la importación.

   4. 25/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 23/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 29/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 27/IVA/2018–RF-Tasa aplicable. Exención del IVA por la importación de invernaderos hidropónicos; equipos integrados a ellos, destinados para integrárseles o para producir temperatura y humedad controladas, así como para proteger los cultivos de elementos naturales.
  
   5. 01/LIEPS/2018-Tasa aplicable. La infusión natural de agave no contiene azúcares añadidos, ni es una bebida alcohólica, por lo que está exenta del pago del IEPS.

Marzo

   1. 32/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 33/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 31/IVA/2018- RF-Tasa aplicable. Exención del IVA por la importación de bienes tangibles susceptibles de ser integrados a invernaderos hidropónicos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales, tales como macetas para producción en invernaderos hidropónicos, plásticos (polietileno) o charola de semillero para invernaderos hidropónicos.

Abril

   1. 44/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 43/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 42/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 40/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 39/IVA/2018-RF-Tasa aplicable, 39/IVA/2018-RF-Tasa aplicable. Exención del IVA por la importación de bienes tangibles susceptibles de ser integrados a invernaderos hidropónicos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales, tales como malla antihierbas, plástico para uso en invernadero hidropónico, cubierta para piso de invernaderos hidropónicos, sistema de tutoreo, lana de roca, malla antiáfidos, equipo de producción hidropónica o malla para la protección contra insectos.
  
   2. 01/LIF/2018-RF-Faciliadades administrativas y estímulos fiscales. Es aplicable el estímulo fiscal consistente en acreditar contra el ISR hasta en un 50% los gastos realizados en el pago de los servicios por el uso de la infraestructura carretera de cuota, a los contribuyentes que se dediquen, de forma no exclusiva sino conexa, al transporte terrestre público y privado.
  
   3. 45/IVA/2018-RF-Acreditamiento. El inicio del periodo preoperativo para efectos del IVA se genera en el mes en que debió presentarse la primera solicitud de devolución del impuesto correspondiente a ese periodo.
  
   4. 01/CFF/2018-RF-Comprobantes. En operaciones traslativas de dominio de inmuebles celebradas ante Notario, los adquirentes de esos bienes comprobarán el costo de adquisición para los efectos de deducibilidad y acreditamiento, mediante el CFDI que expida el Notario, siempre que se hayan incorporado en tales comprobantes el complemento correspondiente por cada inmueble enajenado.

Estos CFDI también sirven para comprobar las indemnizaciones o contraprestación mediante los cuales un propietario o titular de bienes inmuebles y derechos reales, ejidales o comunales, permita el uso, goce, o afectación de los mismos, para alojar instalaciones de infraestructura de las industrias petrolera o eléctrica, a fin de que construyan, operen, inspeccionen y den mantenimiento a dichas instalaciones.
  
   5. 34/IVA/2018-RF-Tasa aplicable. La enajenación de fertilizantes, siempre que estén destinados en la agricultura o la ganadería no debe estar sujeta al pago del IVA.
  
   6. 41/IVA/2018.RF-Tasa aplicable, 37/IVA/2018-RF-Tasa aplicable. Los vegetales no industrializados, entre ellos las fibras de coco, no están sujetos al pago del IVA.

Mayo

   1. 49/IVA/2018.RF-Tasa aplicable, 48/IVA/2018.RF-Tasa aplicable, 47/IVA/2018, RF-Tasa aplicable. Exención del IVA por la importación de bienes tangibles susceptibles de ser integrados a invernaderos hidropónicos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales, tales como lana de roca o tiras de polipropileno.

Recomendamos a nuestros clientes y amigos, revisar los anteriores supuestos, para que, en caso de encontrarse en situaciones similares, se lleven a cabo las acciones necesarias para generar una situación fiscal favorable.

Los abogados de la firma estamos a sus órdenes para apoyarlos en caso de requerir asistencia.

ATENTAMENTE

 

Lic. Gerardo Nieto nieto@basham.com.mx
Lic. Gil Zenteno zenteno@basham.com.mx
Lic. Alejandro Barrera barrera@basham.com.mx
Lic. Víctor Barajas mbarajas@basham.com.mx
Lic. Sergio Barajas barajas@basham.com.mx

 

Ciudad de México, 10 de julio, 2018